LA OBLIGATORIEDAD LEGAL DE PERTENECER A UN CONSEJO MÉDICO
En tanto la obligatoriedad jurídica, se ha consolidado la importancia de contar con el Certificado vigente; mismas que advierte; notifica y rectifica el propio Consejero Jurídico del CONACEM, por las siguientes razones:
- El mandato de Ley; en tanto la figura de cada Consejo y el CONACEM; que los convierte en encargados de atender las solicitudes de información por autoridades legales y fiscalías para reconocer el estado de formación vigente de un médico o grupo de médicos.
- La necesidad de perfeccionar los mecanismos de evaluación; para poder configurar recomendaciones sobre las funciones de las sedes hospitalarias, universitarias y su correspondencia con las exigencias académicas de cada Consejo. El entendimiento de esta lógica, responde a que, debido al perfil de la propia constitución de las Mesas Directivas y su selección; se avala por sí misma la capacidad de los mecanismos de evaluación que se dictaminen como válidos por el propio Consejo; en un círculo virtuoso concatenado.
- Los Consejos y las asociaciones entre médicos - Federaciones, Colegios; sociedades; agrupaciones gremiales-; deben ser independientes y mantenerse autónomas para evitar conflictos de interés. La imparcialidad es indispensable para evitar la malinterpretación de las funciones o la percepción de tratos inequitativos.